Facultad de Ciencias Agrarias

RESOLUCIONES DE LA UNCO ANTE EL CORONAVIRUS

Facultad de Ciencias Agrarias

RESOLUCIONES DE LA UNCO ANTE EL CORONAVIRUS

Mediante Resolución Rectoral nº 0135/2020 se establece adoptar las medidas previstas por la Resolución 2020-82-APN-ME, vinculada a la Situación Epidemiológica Coronavirus (COVID-19).

Entre estas medidas preventivas se incluyen las que tienen que ver con la prevención de enfermedades respiratorias:

  • Lavarse las manos frecuentemente con agua y jabón, sobre todo antes de ingerir alimentos y luego del contacto con superficies en áreas públicas.
  • Al toser o estornudar, cubrirse la nariz y la boca con el pliegue del codo o usar pañuelo descartable. Usar el cesto de basura más cercano y lavarse las manos luego.
  • Evitar el contacto directo con personas que tengan enfermedades respiratorias.
  • Ventilar los ambientes, limpiar frecuentemente las superficies y los objetos que se usan con frecuencia.  

Por otro lado se establece que ante la presencia de fiebre y síntomas respiratorios (tos, dolor de garganta o dificultad para respirar) se recomienda no asistir al establecimiento educativo.

En el caso de estudiantes y personal docente y nodocente que regresen de viajes desde áreas con circulación y transmisión de coronavirus, a la fecha los siguientes países: China, Corea del Sur, Japón, Irán, Italia, España, Francia y Alemania -y los que indicare en un futuro el MINISTERIO DE SALUD-, aunque no presenten síntomas, deberán permanecer en el domicilio sin concurrir a la Universidad, así como evitar el contacto social por CATORCE (14) días.

En el caso del personal nodocente se instrumentarán mecanismos para el desarrollo de las obligaciones laborales por el sistema de "teletrabajo", siempre que ello sea posible. F.- En el caso del personal docente se promoverá la utilización de las aulas virtuales para el dictado de clases y la atención de los estudiantes.

Se justificarán las inasistencias, tanto de estudiantes como del personal becarios de la Universidad e Institutos de Bipertenencia para la situación de no concurrencia por provenir de los destinos citados.  

Los/las trabajadores/as docentes y nodocentes que finalicen el usufructo de una licencia por razones de salud, propia o de un familiar a cargo, deberán presentar, una vez cumplidos los días de reposo recomendados por el/la médico/a tratante, un certificado de alta médica para poder volver a cumplir con sus obligaciones laborales, al igual que los estudiantes.

Se crea un "Comité de Emergentes Epidemiológicos Regionales" el cual estará conformado por un representante de cada unidad académica y área central. Será presidido por el representante de la Facultad de Ciencias Médicas. El Comité como órgano consultivo tendrá a su cargo la elaboración de recomendaciones de medidas sanitarias que estimen corresponder en todos los recintos de la Universidad y e~ todas las consultas en la materia.

Se suspenden los viajes al exterior con destino intermedio o final a los países indicados y a los que indicare el MINISTERIO DE SALUD, por cualquier concepto vinculado al quehacer laboral de los/las docentes y nodocentes, sea en carácter de comisión de servicios, asistencia a congresos, seminarios, movilidad de docentes y nodocentes, entre otras. Igual criterio regirá para la movilidad de estudiantes de grado y posgrado.

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